Álvaro Delgado emitió 103 “spots” antes de la habilitación de publicidad electoral, son dos horas y media al aire

Álvaro Delgado emitió 103 “spots” antes de la habilitación de publicidad electoral, son dos horas y media al aire

La Corte Electoral analizará si las 103 piezas audiovisuales de Álvaro Delgado emitidas antes de la habilitación para la publicidad electoral son una infracción a la norma. El canal que más transmitió piezas del candidato es canal 4, con 41 veces; seguido de canal 12 con 33 y finalmente canal 10, con 29 ocasiones.

Según el artículo de Búsqueda, publicado al final de la jornada del jueves 22, la Corte Electoral debió insistir a la Unidad de Servicios de Comunicaciones (Ursec) para que entregue la información.

El requerimiento surge a partir de una denuncia del Frente Amplio tras la emisión de cinco minutos consecutivos de un spot de Álvaro Delgado transmitidos en canal 4 antes de la habilitación de pauta electoral para las elecciones internas. Para esta fuerza política, esa emisión violenta la Ley nº. 17.045, que habilita la pauta electoral solamente a 30 días de las elecciones internas.

En un principio, la respuesta de Delgado fue, tal como recordó Búsqueda: “Hubo un spot que obviamente concentró la información de todo lo que es el primer piso que hizo el gobierno o de lo que no hizo otro y propone el segundo piso de transformaciones e invita, así termina, invita a los ciudadanos a poder descargar el programa de gobierno”.

Ahora la Corte Electoral analizará si una pieza audiovisual que invita a descargar un programa de gobierno es o no una publicidad electoral.

Ursec quería que le indicaran qué spot y a qué hora lo pasaron para pedirle la información a los canales, la Corte rechazó la respuesta
Otro punto que destacó la nota fue la insistencia en solicitar la información. En efecto, en la primera oportunidad la Ursec respondió que no contaba con la información que la Corte le pidió y que le indicara cuál era el spot, en qué medios salió y a qué hora fue emitido.

La Corte Electoral rechazó la respuesta, a tal punto que la volvió a solicitar en los mismos términos, sin cambiar la redacción de la solicitud.

Pero, además, añadió al escrito que era la primera vez que la Ursec respondió sin el aporte de la información solicitada, cuando ya hay antecedentes “en asuntos de igual naturaleza”.

“Ursec no ha respondido con el aporte de información solicitada pese a la notoriedad de las pautas publicitarias cuya copia se solicita”, eludiendo así el pedido de precisar qué pauta fue la denunciada, la de cinco minutos consecutivos.

Y también subrayó la lentitud de Ursec: “pese también a que al igual que en anteriores oportunidades en las que la Ursec dio respuesta en forma completa y diligente, en esta ocasión la Corte Electoral ha sido nuevamente muy precisa al respecto para la identificación del objeto en controversia y que se encuentra a su consideración en el marco de sus competencias constitucionales y legales”.

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