Copamiento denunciado en Paraje Pepe Núñez fue simulado

Copamiento denunciado en Paraje Pepe Núñez fue simulado

El día 08/03/21 próximo a la hora 08:00, en un establecimiento ubicado en Paraje Pepe Núñez, una persona mayor de edad, denuncio que en circunstancias que se encontraba en la casa, ingresan dos desconocidos quienes mediante amenazas, agresiones físicas y exhibiendo arma blanca, se llevan una suma importante en moneda Extranjera propiedad de su actual pareja, un celular marca Samsung modelo Galaxy J7, un perfume de dama, un anillo de plata y oro, un cuchillo de 30 cm. de hoja, tarjetas de débito, entre otros objetos familiares, dándose a la fuga y dejando a su vez un total desorden en el interior de la casa. Personal del Departamento de Seguridad Rural perteneciente a la Dirección de Información Táctica de ésta Jefatura, a fin de esclarecer lo sucedido, realizan varias averiguaciones, donde gracias a la astucia de éstos, llegan a detectar algunos aspectos que rápidamente hicieron presumir que se estaría frente a una simulación, surgiendo además, desde un primer momento que el hecho no tendría elementos convincentes y por ello se profundizaron las indagatorias a la denunciante, quien al final confeso que elaboró una versión teatralizada sobre lo sucedido, recuperando el dinero el cual se encontraba en el interior de una maleta pronta para viaje.

En el día de ayer culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno dispuso: condenar a la femenina de iniciales L.B.T.D.L.S., como autora responsable de un delito de simulación de delito, a la pena de veinte (20) meses de prisión, sustituyéndose por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: 1). Residencia en su domicilio denunciado; 2). Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.L.A; 3). Presentación en la seccional Policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; 4). Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 horas por el término de 30 días diarias; y 5). Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que determinen en el plan de intervención.

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