Corte Electoral resolvió inhabilitación de Pablo Caram y Valentina dos Santos

Después de la inhabilitación de Pablo Caram y Valentina dos Santos, dispuesta este lunes 22 por la Corte Electoral, ninguno podrá hacer campaña por la intendencia ni por una banca de diputados. No pueden votar en octubre por la suspensión de su ciudadanía, informó el periodista Eduardo Preve.

Finalmente, la Corte Electoral tomó nota de la sentencia del 16 de julio por el caso Horas Extras en Artigas, que condenó a Rodolfo Caram, primo del jefe comunal y exsecretario general del organismo, y a su pareja Stefany Severo, por el caso del pago irregular de estas horas, a Pablo Caram por omisión de los funcionarios en proceder a denunciar los delitos, y a Valentina dos Santos por usurpación de funciones.

Sin embargo, este fin de semanas fueron de vacilaciones de Pablo Caram y Valentina dos Santos a la espera de la definición de la Corte Electoral, que llegó este lunes 22.

Ambos tienen la ciudadanía suspendida debido a que las condenas son con prisión, que por acuerdo abreviado fueron conmutadas por tareas comunitarias. Para el exintendente, por cuatro meses, y para la exdiputada, por dos meses.

El periodista de M24, Eduardo Preve, informó a través de su cuenta de X (antes Twitter) que la suspensión de la ciudadanía los inhabilita a sufragar en octubre.

Además, no pueden presentarse como ciudadanos elegibles ni ocupar cargos públicos.

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