La Intendencia de Salto recuerda a la población que sigue vigente la Resolución 180/2020, la que prohíbe la circulación de tránsito pesado por el camino de acceso a San Antonio, desde ruta 31 kilómetro 13, que pasa por Parada Herrería. Se considera tránsito pesado a todo vehículo de carga, transporte o maquinaria utilitaria, a los camiones con o sin acoplados, jaulas o semirremolque, tractores con o sin maquinaria agrícola en enganche, y todo otro tipo de maquinaria, autopropulsadas o de arrastre, cuyas ruedas y dispositivos de desplazamiento puedan dañar las vías de circulación, y todos aquellos vehículos de carga o tracción cuyos ejes cuenten con dos o más neumáticos de rodado 20 o superior, y/o cuyos ejes se clasifiquen con descarga, máximas admisibles superiores a seis toneladas.
Los accesos que sí están permitidos son dos, uno por ruta 31 km 19, con una longitud de 3,8 kilómetros, y otro por ruta 3 km 499, con una longitud de 10 kilómetros.
Esta medida responde a la necesidad de cuidar que el uso de la caminería se haga de forma racional, teniendo en cuenta la alta inversión económica que demanda su reparación y mantenimiento. Las infracciones a esta normativa se sancionarán con una multa de hasta 70 Unidades Reajustables por vehículo, las que serán notificadas a quien figure como titular del vehículo en el SUCIVE. Las multas se cobrarán conjuntamente con el Impuesto de Patente de Rodados del vehículo infractor, mediante el SUCIVE.