La ley n.º 17.283 establece niveles máximos para parámetros determinados por la reglamentación, vinculados a la contaminación de las industrias, las ciudades y la movilidad del transporte. Además, el Ministerio de Ambiente mantendrá actualizada la información sobre la calidad del aire a través del Observatorio Ambiental Nacional y desarrollará materiales de sensibilización en la materia.
La contaminación de la baja atmósfera afecta la respiración de todos los seres vivos, por lo cual es muy importante para salvaguardar la biodiversidad. “Uruguay tenía un debe en esta materia. Hoy nos podemos poner al día y establecer estos máximos en algunos de los contaminantes”, afirmó el ministro de Ambiente, Adrián Peña.
La normativa hace referencia, en sus diferentes capítulos, a estándares asociados a unidades de combustión, fabricación de clinker y cal, pasta celulosa y papel, producción de ácido sulfúrico y fertilizantes, refinación de petróleo, metales y acería, incineración de residuos y emisiones de fuentes móviles, entre otras acciones.
La normativa contempla un período de adaptación para las diferentes fuentes. Para las existentes, el plazo máximo de adecuación a los estándares será de cinco años. El Ministerio de Ambiente podrá imponer un plazo más breve si entiende que hay un riesgo ambiental asociado o extenderlo si las tecnologías usadas no permiten la adecuación y no existe riesgo ambiental asociado.