Salto, 12 de mayo de 2021
A LA OPINIÓN PÚBLICA Y EL MAGISTERIO DE NUESTRO DEPARTAMENTO
La Asociación Magisterial de Salto, filial de la Federación Uruguaya de Magisterio solicita que el CECOED, como organismo referente en el seguimiento de la pandemia a nivel departamental, se expida en relación al reintegro a la presencialidad de sectores de Educación Primaria que retornarían a la presencialidad, la semana próxima.
En la última semana se ha multiplicado en forma exponencial el número de casos positivos de COVID 19 en todo nuestro departamento.
La semana próxima, miles de personas saldrán a la calle a acompañar a niños y niñas que se reintegrarán a las actividades presenciales en las escuelas.
Al momento, y desde hace casi una semana Salto ostenta el índice de Harvard más alto del país, a diario este índice asciende y por otra parte, el número de personas vacunadas es de los más bajos del país, hecho que profundiza la gravedad de la situación sanitaria del departamento.
En este contexto es que consideramos imprescindible extremar los cuidados, evitando el movimiento de la población.
Diferir el reintegro de los grupos planificados para el día 18 de mayo constituiría, a nuestro entender, un aporte fundamental al no aumento de la movilidad de la población, contribuyendo a la baja de contagios. Así mismo, creemos necesario revisar la pertinencia de los retornos en curso, más aún teniendo en cuenta que si bien la asistencia es mayor con respecto a los reintegros de 2020, no es la deseable.
Debemos tener presente, que las decisiones adoptadas por la ANEP en su momento, fueron a partir de un escenario sanitario que no es el de hoy y que dicho organismo recomienda el seguimiento en territorio.
Somos conscientes que nada sustituye la presencialidad en educación, para nuestro sindicato la educación es un derecho fundamental que el estado debe garantizar. Sin embargo, también somos bien conscientes que la vida y la salud también son derechos fundamentales que quienes están en lugares de decisión deben cuidar y garantizar.
Comisión Directiva de AMS/ FUM- TEP