Comunicado de Prensa Nº 380/21
OFICINA DE PRENSA
RELACIONES PÚBLICAS Y DIFUSIÓN INSTITUCIONAL
Salto, 14 de agosto del 2021.
AMPLIACIÓN DEL COMUNICADO DE PRENSA Nº 376/21 – NUMERAL 2. (MASCULINO DETENIDO).
Próximo a la hora 03:00 del 12/08/21 en circunstancias que personal Policial se encontraba realizando recorridas en calle Orestes Lanza entre calles San Martín y Ramírez, proceden a identificar a un masculino mayor de edad, quien llevaba consigo seis sillas de PVC, no justificando su procedencia. En el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno, una vez culminadas las actuaciones dispuso: condenar a J.N.G.R., como responsable de cuatro delitos de hurto, uno de ellos especialmente agravado en calidad de cómplice y los tres restantes en calidad de autor, en régimen de reiteración real, a la pena de 7 (siete) meses de prisión efectiva.
AMPLIACIÓN DEL COMUNICADO DE PRENSA Nº 377/21 – NUMERAL 2. (DETENIDO).
A la hora 15:39 del 12/08/21, en Avenida Manuel Patulé y Vía Férrea, Complejo la Gaviota, una femenina mayor de edad, denuncio a un masculino mayor de edad quien desde anterior la insulta y la amenaza de muerte, por motivos de una duda de dinero, el mismo se encontraba próximo al lugar siendo detenido. Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno dispuso: condenar a N.E.Z.P., como autor responsable de dos delitos de violencia privada en reiteración real, a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión efectiva.
AMPLIACIÓN DEL COMUNICADO DE PRENSA Nº 378/21 – NUMERAL 1. (PERSONA RETENIDA).
Dos personas, a la hora 21:20 del 12/08/21, intentaron llevarse verduras desde una chacra ubicada en Colonia 18 de Julio, siendo sorprendidos por el propietario de la misma, quien logra la retención de uno de ellos. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno dispuso: a I.A.J.D., de acuerdo a lo solicitado por Fiscalía se hace lugar a las medidas del Art. 222 del N.C.P.P. consistentes en: 1). El deber de fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal; 2). La prohibición de salir del país sin autorización previa; 3). La prohibición de acercamiento al domicilio de las victimas ambas de Colonia 18 de Julio en un radio de 50 metros. Todo por un plazo de 90 días que vencen en forma automática el día 11 de noviembre de 2021 a la hora 18:00.
1. PERSONAS FORMALIZADAS POR RAPIÑA A DELIVERY.
El día 24 de mayo del corriente año, se presento en Seccional Policial, un delivery de una pizzeria, denunciado que a la hora 23:00 del día anterior, habría concurrido a una vivienda de calles 4 y Florencio Sánchez, próximo al Complejo habitacional “40 viviendas” del barrio Salto Nuevo, a entregar un pedido, donde antes de llegar a mencionada intersección, frente a una casa, sobre la vereda divisa a tres masculinos, y al preguntarle sobre la dirección, estos le mencionan que era ahí, e inmediatamente le exhiben un cuchillo y mediante amenazas, le hurtan el reparto del momento, y la suma de $U 1.750 (Mil Setecientos Cincuenta pesos Uruguayos), dándose a la fuga por una cortada existente en el lugar de calle Florencio Sánchez, agregando el trabajador que no sufrió lesiones por lo sucedido. De inmediato y ante a la mera toma conocimiento de los hechos, personal de la Dirección de Investigaciones trabajo estos meses ardua y minuciosamente en la recolección y tratamiento de la información para llegar al esclarecimiento de lo sucedido, logrando así llevar ante la Justicia a todos los responsables de la rapiña. Ayer y una vez culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto dispuso: condenar a S.E.C.G., como autor de una infracción gravísima a la Ley Penal tipificada como un delito de rapiña especialmente agravada en reiteración real con dos infracciones graves a la Ley Penal calificadas como dos delitos de receptación, a cumplir la medida Socio Educativa Privativa de Libertad por el término de 2 (dos) años y 6 (seis) meses, con descuento de las cautelares cumplidas; a F.N.G.A., como autor responsable de dos infracciones gravísimas a la Ley Penal tipificada como dos delitos de rapiña especialmente agravada en reiteración real, a cumplir la medida Socio Educativa Privativa de Libertad por el término de 4 (cuatro) años, con descuento de las cautelares cumplidas y a M.A.A.C., como autor responsable de dos delitos de rapiña especialmente agravadas en reiteración real, a la pena de 9 (nueve) años de penitenciaria efectiva.
2. HURTO EN CASA DE FAMILIA.
Una femenina, mayor de edad, denuncia que a la hora 22:00 de ayer se retiro del domicilio de calle Andrés Latorre al 2000, y en el día de hoy al regresar próximo a la 03:00 constato la faltante de un TV marca Xion de 32 pulgadas, agregando que al momento no constato daños alguno en la casa y que el o los autores del hecho habrían ingresado por la puerta del frente ya que la misma se encontraba sin traba de seguridad. Trabaja Dirección de Investigaciones.