Comunicado de Prensa Nº 128/22

OFICINA DE PRENSA
RELACIONES PÚBLICAS Y DIFUSIÓN INSTITUCIONAL
Salto, 18 de marzo del 2022.
AMPLIACIÓN DE COMUNICADO DE PRENSA N.º 123/22 NUMERAL 1. DAÑOS EN VIDRIERA Y HURTO EN LOCAL COMERCIAL.
A la hora 02:40’ del día Miercoles pasado, se comunica al servicio de emergencia 9-1-1, el dueño de un local comercial de ropas y calzados, ubicado en calle Rivera entre calles Treinta y Tres y Larrañaga, denunciando que la alarma esta activada y por las cámaras avisto personas en el interior del local. Inmediatamente personal P.A.D.O concurre hasta el lugar constatando rotura de puerta Blindex y hurto. Por las cámaras del local se visualiza que los autores se trasladaban en un auto sedan color gris. En calle Catalán e Industria avistan un auto con similares características al denunciado, el que al notar la presencia policial se da a la fuga a alta velocidad e intenta atropellar a los funcionarios policiales. A posterior se identifica a dos masculinos mayores de edad en pasaje Andes entre calle Catalán y Orestes Lanza, uno de ellos portando libreta de propiedad del auto. Puesto los hechos en conocimiento al Sr. Fiscal de Turno dispuso “detención de ambos, tramites de rigor y se derive a Dirección de Investigaciones. El auto fue ubicado en Juan H. Paiva a la altura del 100, concurriendo al lugar Policía Científica para relevamiento.
Continuando con la investigación personal de las Áreas de Coordinación Investigativas mediante colección de datos y análisis de información, por orden del Sr. Juez Penal de Turno, detienen a un masculino mayor de edad, quedando a disposición de la Justicia.-
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se condenó a:
A.U.F.F como autor responsable de un delito de Hurto especialmente agravado a la pena de 13 (trece) meses de prisión efectiva, con descuento de la preventiva sufrida.–
A.A.C.S como autor responsable de un Hurto especialmente agravado a la pena de 12 (doce) meses de prisión, que se sustituye por LIBERTAD A PRUEBA (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado; b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 5 (cinco) meses; e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención; f.- Prohibición de acercamiento al local comercial en radio de 500 mts.-
Se continua Trabajando en el hecho.-
TENENCIA NO AUTORIZADA DE ARMA DE FUEGO MUNICIONES EXPLOSIVOS Y OTROS..
El día miércoles pasado a la hora 16:40’, personal de la Guardia Republicana que realizaba recorridas por Avda. Patulé y calle Piedras identifica a dos masculinos mayores de edad, ambos con anotaciones varias, los que circulaban en moto sin documentación que los habilita, por lo que la misma es incautada por Cuerpo Inspectivo de la Intendencia de Salto, uno de los masculinos trasportaba en un morral siete municiones calibre 32 y una munición detonada, argumentando que el arma estaba en una chacra. Puestos los hechos en conocimiento al Sr. Fiscal de Turno dispuso “ se labre acta a los funcionarios actuantes, al testigo, relevamiento fotográfico y se realice acta al detenido por Art. 61 del CPP”.-
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se condenó a C.J.L.N como autor responsable de un delito de Tráfico interno de armas de Fuego y municiones a la pena de 6 (seis) meses de prisión, que se sustituyen por Libertad A Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado; b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 2 (dos) meses; e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención. Se dispone la confiscación de las municiones y remisión al SMA a los efectos de la destrucción.-
CONTRABANDO.-
El martes pasado a la hora 16:10’, en Avda. Manuel Oribe y Arenal Grande, de acuerdo a información colectada, analizada por personal de Coordinación de las áreas Investigativas donde surge que personas traerían mercadería en presunta infracción aduanera todos los días en el Ómnibus procedente de Artigas con destino a Salto, mientras circulaban por la zona se divisa cuando una femenina y un masculino cargaban unos bultos al automóvil FIAT SIENA color blanco matricula de Montevideo por lo que se procede a su identificación, al verificar los 6 Bolsos y una bolsa de plastillera, se puede constatar que sería mercadería en presunta infracción aduanera por lo que se procede trasladar todo hasta dependencia de ADUANAS para continuar con las actuaciones, siendo detenidas ambas personas. Se pone en conocimiento al Sr. Fiscal de Turno quien dispone “se da por enterado del hecho y de la detención”.
Continuando con las investigación de acuerdo a orden de detención expedida por Juzgado de 4to Turno de Salto, personal de Coordinación de las Áreas Investigativa, detiene a un masculino mayor de edad quien seria el dueño de la mercadería, del vehículo y tienen antecedentes por este mismo hecho.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se condenó a:
H.D.G.L como autor responsable de reiterados delitos de Receptación agravados a la pena de 10 (diez) meses de prisión efectiva.–
W.A.D.S.R y R.L.C.S como autores responsables de un delito de Receptación y reiterados delitos de Receptación agravados respectivamente a la pena de 6 (seis) meses de prisión para W.A.D.S.R y 10 (diez) meses de prisión para R.L.C.S, que se sustituye en ambos casos por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: A)- residencia en su domicilio denunciado de W.A.D.S.R y R.L.C.S. B)- Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA. C)- Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. D)-Prestación de servicios comunitarios: La obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos publicos o en ONG, cuyo fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el termino de 5 (cinco) meses. E)- ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.
– Se dispone la confiscación de automóvil marca Fiat modelo Siena incautado y el remate. Se dispone la confiscación de los celulares incautados, y se autorizan todas las pericias necesarias.
1. PROBLEMA FAMILIAR.
A la hora 23:45’ del día de ayer, en calle Solis y Boycuá, una femenina mayor de edad denuncio que a raíz de una discusión su pareja la agredió mordiéndole el cuello, golpeándole el rostro con su puño y le llevo su celular, no siendo la primera vez que sucede esto. Trabaja Comisaria Especializada en Violencia Domestica y Genero.
2. DETENIDO A RAÍZ DE REQUISITORIA PENDIENTE.
Próximo a la hora 02:20’, mientras personal de la Guardia Republicana realizaba recorridas por calle 18 de Julio y Avda. Patulé, identifican a un masculino mayor de edad quien se encuentra requerido por la Comisaria Especializada en Violencia Domestica y Genero, siendo el mismo detenido realizándose los tramites de rigor correspondientes. Se trabaja.-
3. ESTAFA.
A la hora 04:00’, en calle 6 de Abril y Julio Delgado una persona adulto mayor denuncio que próximo a la hora 01:30’, recibe un llamado donde un masculino le exige dinero y un televisor a cambio de su nieto y la novia de este a quienes tiene secuestrados. Como no tenia dinero deja un televisor marca Telefuken 21’’ recostado al portón de la casa e ingresa, inmediatamente llega un masculino quien se lleva el televisor, agregando que no llamo antes por temor y sus familiares están en perfectas condiciones no habiendo sido secuestrados. Se trabaja.-
Comunicado de Prensa Nº 129/22

OFICINA DE PRENSA
RELACIONES PÚBLICAS Y DIFUSIÓN INSTITUCIONAL
Salto, 18 de marzo del 2022.
1. RESCATE DE PERSONA CAÍDA EN LAS AGUAS DEL RIO ARAPEY.
En el día de la fecha a la hora 12:30, se toma conocimiento que en un Establecimiento ubicado en la antigua Ruta Nacional Nº 3 «General José G. Artigas», zona del “El Espinillar”, dos hombres se habrían hundido en una chalana en la desembocadura del Rio Arapey. Rápidamente Personal del Centro de Comando Unificado Departamental informan del hecho a Prefectura del Puerto de Salto, derivando al mismo tiempo a personal Policial de la Comisaria Seccional Octava al lugar, los cuales una vez allí logran entrevistarse con un masculino quien hace saber, que circunstancias que se encontraban pescando conjuntamente con su Padre, en cierto momento la embarcación se hundió, logrado el mismo salir de las aguas por su propios medios, no así su Padre estando desaparecido. Momentos seguido al llegar efectivos de Prefectura del Puerto de Salto con un bote comienzan con los trabajos de búsqueda, pudiendo ambas fuerzas amigas, rescatar al restante masculino con vida. Se continua trabajando.
