Proyecto de prisión domiciliaria del PN excluye los delitos de lesa humanidad

Como alternativa a la iniciativa que propuso Cabildo Abierto, Asiaín trabaja en un texto que beneficia a otros colectivos.

«Es otro proyecto, con otros fundamentos», explicó la senadora nacionalista Carmen Asiaín en Informativo Uruguay. Añadió que la iniciativa de Cabildo Abierto parecía «hecho a medida para los militares detenidos en Domingo Arena, y no puede ser así».

El proyecto original fue presentado por Cabildo Abierto en agosto de 2021. En aquel momento, en la exposición de motivos fundamentaban la propuesta en “el principio de humanidad (…) ante la situación de superpoblación de sistema carcelario”, añadiendo como agravante la emergencia sanitaria por Covid-19.

El de Cabildo Abierto es un proyecto de artículo único, que prevé la prisión domiciliaria para procesados y condenados mayores de 65 años, estableciéndose la excepción para los casos de procesados por violación, homicidio agravado y crímenes de guerra o lesa humanidad, cometidos después del año 2006 (Estatuto de Roma).

Dada esta redacción,entre los beneficiados por la iniciativa de Cabildo Abierto se encuentran los reclusos que están en la cárcel de Domingo Arena por crímenes cometidos durante la dictadura militar.

La propuesta que maneja la senadora Asiaín, que fue presentada ante los legisladores del Partido Nacional, el Partido Colorado y Cabildo Abierto, parte de la definición de quiénes deberían beneficiarse de la prosión domiciliaria.

«Las personas con discapacidad incompatible con la cárcel, con problemas graves de salud, mujeres con hijos menores a cargo, embarazadas o en lactancia activa y los mayores de 65 años», explicó. La decisión de otorgar la prisión domiciliaria está en manos de un juez. El texto advierte a partir de los 70 años, sería «preceptivo» otorgar la prisión domiciliaria.

El proyecto en el que trabaja la senadora Asiaín excluye a texto expreso del beneficio de la prisión domiciliaria las personas condenadas por delitos de violencia doméstica, abuso sexual, narcotráfico (salvo el microtráfico) y delitos de lesa humanidad. Sin embargo, no excluye del beneficio a los procesados por homicidio, con determinadas condicionantes.

Consultada Asiaín acerca de los procesados exmilitares y expolicías que están en Domingo Arena, advirtió que no contarían con el beneficio de la prisión domiciliaria: «los que estén procesados por delitos de lesa humanidad» pero que sería distinto para los que estuvieran por delitos simples.

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