13 personas fueron condenadas por contrabando en Salto

De acuerdo a información colectada y analizada por parte de personal de Coordinación de las Áreas Investigativas referentes a denuncia que refiere a éste hecho, se concurre a Pasaje Santa Rosa, donde por información recibida un vehículo habría ingresado a una finca con mercadería de presunta infracción aduanera, con autorización se procedió a realizar una inspección en la finca, donde se puedo observar en el dormitorio, sobre una cama, varios bultos en bolsas negras, así como prendas de vestir desparramadas sobre la misma, las cuales fueron incautadas y un auto marca VW Gol, siendo trasladada una femenina mayor de edad a Dirección de Investigaciones, en el lugar también trabajo personal de ADUANAS.-

Se concurre a los accesos del Puente de Salto Grande, por información surge que por el mismo, habrían pasado varios vehículos que traerían mercadería de contrabando, los cuales habrían sido inspeccionado por personal de Aduanas pero los mismos continúan su camino con destino a la ciudad de Salto. Al ir circulando al lugar se divisa una camioneta Marca Citroen modelo Berlingo, se le solicita a la conductora que detenga la marcha, inspeccionada la misma se comprueba que llevaba ropas varias de presunta infracción aduanera, adquirida en la ciudad de Concordia. También en zona del Agua Salto, se solicita al conductor de un auto marca Nissan que detenga la marcha, inspeccionado el mismo también llevaba ropas varias de presunta infracción aduanera. Las dos femeninas del primer vehículo y el masculino del segundo vehículo fueron trasladados a Dirección de Investigaciones.

Luego de analizadas las cámaras de video vigilancia del puesto de control aduanero del puente internacional se procede a la detención de dos masculinos mayores de edad y a la Incautación de sus celulares.

Continuando con las actuaciones mediante ordenes expedidas por el Sr. Juez Penal de 4to Turno de Salto, se allanaron varias fincas en distintos puntos de la ciudad, resultando con mas incautaciones de mercadería, dinero en efectivo nacional y extranjeros, teléfonos celulares, municiones de armas de fuego y varias personas detenidas.

Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado en lo Penal y Adolescente de Cuarto Turno de Salto se dispuso la condena de las siguientes personas:

– a W.D.R.R; L.E.L.R e I.T.D.R, como autores responsable de reiterados delitos de contrabando y reiterados delitos de soborno agravado en reiteración real a la pena de 24 (veinticuatro) meses de prisión.-

– a S.A.G.R; A.G.C.R; M.R.C; M.D.T.B y A.D.M.F como autores responsable de un delito de contrabando y un delito de soborno agravado en reiteración real a la pena de 20 (veinte) meses de prisión.-

– a C.L.S como autora responsable de un delito de contrabando, un delito de soborno agravado y un delito de tenencia no autorizada de municiones en reiteración real a la pena de 22 (veintidós) meses de prisión.-

Se sustituyen en todos los casos por libertad a prueba (ley 19.889 ) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado; b. sujeción a la orientación y (una) vez por semana sin permanencia.; d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social- estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 5 (cinco) meses; e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención –

Se dispone la confiscación de la mercadería incautada la que quedara a disposición Aduanera, se dispone la confiscación del dinero, los vehículos, celulares y de las municiones.-

a I.A.R.P como autor responsable de un delito de fraude a la pena de 12 (doce) meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente forma: 6 (seis) meses de cumplimiento efectivo y los 6 (seis) meses restantes de prisión domiciliaria total, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a le dispuesto por el art 105 lit. e) del código penal e in habilitación especial (art. 76 del C.P.P) de 2 (dos) años y mula de 50 UR.-

a P.F.G.L como autor responsable de reiterados delitos de cohecho calificado agravado a la pena de 24 meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente forma: 12 meses de cumplimiento efectivo y los 12 meses restantes de prisión domiciliaria total, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el art. 105 lit. e) del código penal e in-habilitación especial (art. 76 del C.P.P) de 2 (dos) años y multa de 130 UR.

-a J.H.M.C como autor responsable de reiterados delitos de cohecho calificado agravado a la pena de  24 meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente forma: 10 meses de cumplimiento efectivo y los  14 meses restantes de prisión domiciliaria total, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento  conforme a lo dispuesto por el Art. 105 lit. e) del código penal e in habilitación especial (art. 76 del C.P.P) de 2 (dos) años y multa de 100 UR.-

– a W.D.M.F ) como autor responsable de un delito de omisión del funcionario en proceder a denunciar los delitos, especialmente agravado a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, que se sustituyen por libertad a prueba (ley 19.889).-

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