Salto, 25 de febrero de 2021
VISTO: Que por Resolución de Presidencia No. 3/2020, se fijó el horario de verano a cumplirse en esta Junta Departamental en concordancia con el que desarrollan las oficinas de la Intendencia de Salto y teniendo en cuenta el período de receso de la Corporación.
CONSIDERANDO: Que concluido dicho receso el 15 de febrero de 2020 inclusive, las oficinas cumplirán todo el horario de labor de 7:00 a 13:00 horas; siendo necesario fijar el horario de invierno a fin de facilitar el trabajo de los Sres. Ediles, así como la coordinación de actividades administrativas vinculadas al Ejecutivo Departamental y demás Organismos del Estado.
ATENTO: A lo expuesto:
El Presidente de la Junta Departamental de Salto
RESUELVE:
1°.- Establécese el siguiente horario que regirá para los funcionarios de este Cuerpo, a partir del lunes 1° de marzo de 2021.
- a) – Personal directivo, administrativo, especializado, servicios auxiliares y secretarios de bancada, de 13:00 a 19:00 horas;
b)- Funcionarios del escalafón de servicios auxiliares (limpieza), de 07:00 a 13:00 horas.-
e)- Los días de Sesiones el horario será de 14:00 a 20:00 para todos los funcionarios; los que tengan asignadas tareas de limpieza su horario será de 08:00 a 14:00 hs. en tales jornadas.
2°.- Facúltase a la Sra. Directora General a adoptar las medidas y/o modificaciones que correspondan a los efectos de la correcta aplicación de la presente Resolución.-
3o.- Dese cuenta. Hágase saber a Sres. Ediles, funcionarios y secretarios de bancadas, Intendencia de Salto y medios de prensa. Publíquese en cartelera, etc.
Sr. Mario Furtado
Presidente
Sr. Álvaro Da Cunda Leal
Secretario General