Propuesta de RECATEGORIZACIÓN de tres padrones rurales para la implementación del megaproyecto denominado “EL MILAGRO”

1. PRESENTACION GENERAL
Teniendo en cuenta el público conocimiento que durante el año 2020 fue adquiriendo la
posibilidad de la construcción de un mega proyecto urbanístico en la ciudad de Salto
denominado “El Milagro”, y en el marco de la puesta de manifiesto realizada por la Intendencia
de Salto el pasado 29 de diciembre correspondiente al instrumento de ordenamiento territorial
denominado Revisión Parcial del Plan Local de la ciudad de Salto respecto de los padrones
ubicados en la Tercera Sección Catastral del Departamento de Salto (rurales 2220, 12463 y
12462), el Grupo de Estudios Territoriales del Cenur LN de la Udelar, elaboró un documento en
el cual se presenta una serie de contradicciones y tensiones que socavan las bases a partir de las
cuales fue elaborado dicho Plan, y sobre todo, los procesos de integración social y de desarrollo
sostenible contenidos en sus lineamientos estratégicos.
De la lectura de los documentos puestos a consideración de la ciudadnía, surge que, a pesar de
la respuesta dada por la Intendencia en el expediente 2020/29815 donde se niega la existencia
de un proyecto al respecto, la información en ellos contenida es coincidente con lo que se
conoce públicamente del proyecto de urbanización denominado “El Milagro”, que procura la
modificación del Plan vigente para satisfacer las aspiraciones de FOMEX SA, impulsora del
negocio.
En líneas generales, el documento elaborado por el Grupo, antepone una serie de observaciones
generales y particulares, en las cuales desde distintas miradas disciplinares, se procura dar
cuenta de la complejidad de la temática puesta en consideración, a la vez que constituye un
esfuerzo por poner en relevancia pública el proceso de revisión del Plan de Salto. En este sentido
es de destacar la falta general de información pública respecto al proyecto El Milagro, así como
las escasas instancias de difusión, participación e intercambio que se han promovido desde el
gobierno departamental a nivel de la ciudadanía en general, teniendo en cuenta la envergadura
de la propuesta que se plantea, por las autoridades como “un antes y un después para Salto”.
2. IDEAS CENTRALES
1. No hay proyecto ni razón fundada para urbanizar más suelo: ¿por qué recategorizar
entonces?
Según la información que se ha hecho pública, más allá de las ideas generales que parecen
castillos en el aire, no hay información clara, concreta y precisa sobre el supuesto proyecto de
inversión, así como tampoco de la existencia de estudios de viabilidad económica, social y
ambiental que lo justifiquen. Tampoco hay acciones concretas para evaluar el impacto (social,
ambiental y urbanístico) de una posible intervención en la zona ni indicadores para medir su
éxito o su fracaso. No hay proyecto, por tanto, nada de lo que se promete se puede asegurar (ver
Observaciones Revisión parcial Plan Local Salto pp. 17 – 20; 26 – 32).
Grupo de Estudios Territoriales
2. Es una propuesta hasta el momento sin garantías y especulativo.
La iniciativa de revisión del Plan de Salto llevada adelante por la Intendencia para la
recategorización de suelo, está motivada por la propuesta conocida como Proyecto El Milagro
que es impulsada por un operador inmobiliario privado. La recategorización solo beneficia al
dueño de la tierra que, luego de recategorizado el suelo, puede venderlo a mucho más valor y
usarlo a su antojo porque no hay garantías explícitas ni firmadas entre los operadores, el dueño
de los padrones y la Intendencia de Salto para ejecutar las ideas que se han planteado en la
prensa. Lo único que está claro hasta ahora es que el único que gana en este momento, es el
propietario de la tierra y su eventual socio, que es el grupo que demanda la recategorización del
suelo (ver Observaciones Revisión parcial Plan Local Salto pp. 13 – 15, Nahoum).
Acerca de la inversión: ¿Llega un grupo inversor con 666 millones de dólares? No. La inversión
que se publicita no es tal, sino que esa cifra refiere a lo que se denomina como el “flujo
económico que se pone ´en juego´”. ¿Qué significa eso? Que se trata de una proyección sobre
las inversiones que podrían producirse en caso de que inversores particulares compraran los
lotes que se comercialicen, y que luego construyan viviendas. Conclusión: El volumen de
inversión que se anuncia no está, lo que hay es un supuesto que depende de lo que hagan otros
potenciales compradores, los cuales hoy en día no existen.
3. No se corresponde con el modelo de desarrollo territorial acordado unánimemente por
todos los partidos políticos contenido en el Plan Local vigente.
Toda normativa puede ser revisada y modificada, pero no de cualquier forma ni por cualquier
motivo. El Plan de Salto vigente, además de contar con extenso recorrido de elaboración que
involucró a gobiernos departamentales de distinto signo político, presenta un modelo de
desarrollo territorial sostenible, claramente fundamentado con criterios de organización de la
ciudad y su entorno, que logran articular en forma armónica aspectos productivos, turísticos,
paisajísticos, urbanísticos y sociales de un territorio variado y heterogéneo. Propone un modelo
de desarrollo desigual y excluyente (no asegura mejora en la distribución del ingreso, tampoco
en el ingreso per cápita, además de potenciar el riesgo de segregación socioespacial) (ver
Observaciones Revisión parcial Plan Local Salto pp. 7 – 9).
4. La relación entre la recategorización, el empleo y el desarrollo no es directa ni lineal.
Tanto en la documentación pública como en expresiones vertidas en distintos medios de
comunicación (local y nacional), la cuestión del aporte al desarrollo forma parte de las
argumentaciones centrales de la propuesta que motiva la revisión del Plan, y es la única idea
que se reitera hasta el cansancio para justificar el Proyecto El Milagro. Con el objetivo de generar
fuentes de trabajo, se fundamenta que la recategorización de suelo es una solución a este
problema tan sentido por la población. Sin embargo, no sabemos cómo se van a generar los
13.500 puestos de trabajo, ni en qué condiciones o de qué calidad serán. Salto tiene un déficit
de empleo, pero fundamentalmente de empleo de buena calidad, y esta propuesta nada dice
de eso. Sin lugar a dudas que el trabajo es un elemento central del desarrollo, pero la
recategorización al igual que la inversión por sí solas no generan ni empleo ni desarrollo (ver
Observaciones Revisión parcial Plan Local Salto pp. 20 – 26).
¿Hablar de la creación de 13.550 puestos de trabajo en diez años, equivale a decir que son
puestos para 13.550 trabajadores durante diez años? No. Se afirma que se crearán 12.500
puestos durante los diez años que dure la construcción (250 viviendas por año, lo que resultará
en un total de 2.500 en 10 años, con una demanda de “5 trabajadores por obra”). Ahora bien,
para que esos 12.500 puestos de trabajo sean equivalentes a los 12.500 trabajadores
Grupo de Estudios Territoriales
considerados individualmente, debería ocurrir que los 5 trabajadores que construyan una de las
viviendas, no construyan las demás.
Lo único que FOMEX SA (La Tahona) compromete como puestos de trabajo para salteños, es la
mitad de los trabajadores de las obras de infraestructura (calles, saneamiento, etc.) que estiman
en unos cien por año. El avance de las obras dependerá de la comercialización de los lotes.
Conclusión: La cantidad de puestos que se dice se crearán en los diez años que dure la
construcción de residencias, no debe ser entendida como cantidad de trabajadores ocupados
por diez años en la construcción de residencias. Además, todo ello está supeditado a que existan
compradores para los lotes, y que luego inviertan para edificar.
5. Ausencia de línea de base de las condiciones ambientales e irreversibilidad de la
intervención.
Existe poca información detallada y objetiva de la situación de partida (línea de base) de las
condicionantes ambientales de la zona que se pretende intervenir. Ello hace imposible prever
cuáles podrían ser sus posibles impactos. Nada se dice sobre la calidad de las aguas superficiales
y profundas, así como tampoco del caudal y la profundidad de los acuíferos ni de la calidad del
suelo o la diversidad de especies de fauna y flora presentes en la zona. Del mismo modo, no se
menciona cuál es la “capacidad de carga” y la “resiliencia” del territorio ni el origen de la fuente
de agua potable para la población, entre otras tantas interrogantes(ver Observaciones Revisión parcial
Plan Local Salto pp. 26 – 32).
Según se presenta en el informe de la consultora Enviro (2019), las construcciones se realizarían
en etapas dependiendo de la zona (1 y 2), debiendo cumplir con ciertos objetivos para su avance;
en caso de no alcanzar los porcentajes previstos, se volvería a “categoría rural”. Ahora bien, ¿Es
posible retornar a “suelo rural” luego de la construcción de infraestructura (hotelería, salones
de fiesta, residencias, campus universitario, etc.)? ¿Cuál sería el destino de las construcciones
existentes? ¿Qué sucedería en caso en que los avances de obras en la zona 2 fueran de un 20%
anual en la zona 1 y no de un 25%? ¿La degradación del suelo, la pérdida de biodiversidad, la
contaminación de aguas superficiales y profundas en las etapas de construcción, son
reversibles? Y finalmente, ¿Cómo interactúa El Milagro con los demás emprendimientos o
actividades antrópicas existentes en la cuenca del Daymán?
Conclusión: Es imprescindible contar con toda la información necesaria previo a la
recategorización del suelo pues toda intervención genera cambios irreversibles, aun cuando se
plantee la posibilidad de detener el proceso si no se cumple con las obras previstas.
6. Alternativas para desarrollar la propuesta de inversión
La zona urbana de la ciudad de Salto cuenta con una superficie importante de tierra vacante, y
el marco normativo vigente en el Plan de Salto y su microrregión habilita el desarrollo de
propuestas de desarrollo habitacional, turístico y universitario dentro de los límites ya definidos.
Cualquier grupo inversor tiene la posibilidad de desarrollar la propuesta que se ha formulado,
pero es el Gobierno Departamental quien tiene que liderar dicho proceso como garante de toda
la ciudadanía (ver Observaciones Revisión parcial Plan Local Salto pp. 10 – 14).
Grupo de Estudios Territoriales
3. VISUALIZACIÓN ESPACIAL DE LA PROPUESTA
A continuación, se presentan tres mapas donde se señala la magnitud y envergadura de la
recategorización que se propone realizar, a nuestro entender, sin una argumentación fundada.
Mapa 1. Ciudad de Salto (Fuente: elaboración propia)
En este plano se presentan las Unidades Barriales, Áreas de Reserva y Zonas de Huertos de la
ciudad de Salto. En naranja se identifican las hectáreas de suelo urbano; en amarillo, aquéllas
categorizadas como suelo suburbano, y en rojo, el área destinada para el Proyecto El Milagro.
Las estimaciones de áreas totales por categoría, mediciones realizadas en shapes files
disponibles en el Catastro nacional y DINOT.

El área que se pretende recategorizar de 568 hectáreas representa el 15% del suelo urbano de
la ciudad de Salto que admiten los más variados usos, y es equivalente aproximadamente al 50%
del área suburbana de la ciudad, dentro de las cuales se definen: al norte, usos residenciales,
recreativos, turísticos deportivos, culturales y actividades hortícolas de producción y empaque;
y al sur, servicios logísticos, recreativos, residencial individual y actividades hortícolas de
producción y empaque, varias de las actividades propuestas a desarrollar en el área a
recategorizar, por lo cual vale preguntarse ¿Por qué seguir generando suelo con estos destinos
si ya existen como tales en el Plan vigente?
Grupo de Estudios Territoriales
Mapa 2. Proyecto El Milagro en relación a la superficie de la ciudad de Salto (Fuente: elaboración
propia)

Mapa 3. Actividades en desarrollo en la zona aledaña a los tres padrones propuestos para
recategorizar. ¿Es posible la convivencia de usos de suelo con destino productivo, con la
propuesta de clúster turístico – habitacional – educativo que se propone? ¿Cómo se propone su
articulación?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *