Prestadores de salud podrán vacunar contra el covid a domicilio por una tasa menor a $550

El MSP definió la medida por 120 días y estableció que pacientes de riesgo puedan solicitar el servicio prescindiendo de indicación médica.

El Ministerio de Salud Pública (MSP), por medio de un decreto del Poder Ejecutivo, estableció que los prestadores de salud podrán administrar dosis de la vacuna anticovid a domicilio, por una “tasa moderadora no superior a los 550 pesos, impuestos incluidos”.

“Los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), deberán establecer medidas que permitan vacunar a domicilio, o proveer medios de traslado adecuados a los centros de vacunación de covid-19 para sus afiliados” que, “por razones etarias o limitaciones de movilidad, encuentran dificultades para desplazarse hacia los vacunatorios”, establece el decreto de Presidencia, elaborado en vista de “la necesidad de adoptar medidas que faciliten el acceso a la vacunación contra el covid-19”.

“Los usuarios incluidos dentro de la población de riesgo para covid-19, de acuerdo con las definiciones del MSP, podrán solicitar el referido servicio a domicilio o traslado a vacunatorio, prescindiendo de la indicación médica”, indica la norma.

El texto señala que la medida se mantendrá vigente por 120 días a partir de la fecha de publicación del decreto, es decir, desde el 1º de febrero de 2023.

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